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viernes, 20 de agosto de 2021

El territorio histórico de Maro y sus límites

 

Límites históricos aproximados del territorio de Maro sobre fotografía aérea del Vuelo Americano (1957)


Maro está situado en la parte oriental del término munici­pal de Nerja, el más oriental de la comarca de la Axarquía y de la provincia de Málaga, un territorio montañoso, con una costa acantilada en la que se abren algunas calas y desembocan ríos y arroyos de caudal típica­mente mediterráneo. No obstante, las fértiles tierras existentes en el entorno de la localidad de Maro conforman una rica vega irrigada que han proporcionado a este lugar, al menos desde la Edad Media, una gran riqueza agrícola.

 

Este territorio estuvo poblado durante la Prehistoria, una etapa relativamente bien estudiada gracias a los trabajos arqueológicos realizados tanto en la Cueva de Nerja como en otras cuevas y abrigos de la zona. Sin embargo, el conocimiento que tenemos de los períodos posteriores hasta la Edad Moderna es escaso y fragmentario; a época romana pertenecen algunos restos arqueológicos hallados en El Lugarejo, en las proximidades del núcleo urbano actual, y en el cercano río de la Miel. 

 

El Maro medieval, al igual que ocurre con el periodo de la Antigüedad romana, es escasamente conocido, si se exceptúan los datos proporcionados por algunas excavaciones de urgencia realizadas con motivo de la construcción de la autovía del Mediterráneo a su paso por Maro, y por la documentación que se conserva del período de la conquista del territorio por los Reyes Católicos y décadas posteriores. Una de estas excavaciones puso al descubierto en la ladera del Aprisco los restos de una pequeña fortaleza (ḥiṣn), activa entre los siglos VIII y IX, relacionada con el levantamiento que cUmar b. Ḥafṣūn dirigió contra el estado cordobés desde las sierras de Ronda a las Alpujarras.

 

Durante los primeros siglos del periodo andalusí las comunidades rurales se refugiaron en las alturas, pero durante la época califal (929-1031), una vez que había quedado reforzado el estado cordobés, se produjo la bajada al llano de las mismas; fue entonces cuando debió establecerse una comunidad humana en un asentamiento estable: la alquería de Maro/qarya Mārūh. Esta alquería, de cuyo caserío en la actualidad no existe evidencia, se encontraba en un área atravesada hoy, en parte, por la carretera nacional 340 y situada, aproximadamente, entre el paso del antiguo camino de Málaga a Almuñécar por el río de Maro y el nacimiento del mismo. La alquería disponía de un cementerio (maqbara), descubierto en otra de las excavaciones referidas, que comprende cuatrocientas cuarenta y dos sepulturas. Los restos de esta alquería constituían el ruinoso lugar de Maro en1582.

 

Hasta el siglo XV Maro/Mārūh perteneció a la taha de Bentomiz/ṭāca Munt Mās, aunque en el momento de la conquista castellana formaba parte de la taha de Frigiliana/ṭāca Frījīlyānā. Sus pobladores, los maruhyíes (mārūhyyūn), vivían de la agricultura, coexistiendo los cultivos de secano con los de regadío, como el del moral, imprescindible para la producción de la seda, que practicaban en fértiles hazas y bancales regados por una acequia principal que tomaba sus aguas del nacimiento del río Maro. Ya en el siglo XIV debía constituir una población de cierta entidad, pues figura, al igual que algunas otras importantes de la costa del reino de Granada, en el denominado Atlas catalán, realizado en 1375 por el cartógrafo mallorquín Abraham Cresques.

 

El día 4 de mayo de 1487, unos días después de la toma de Vélez-Málaga por los Reyes Católicos, treinta y siete villas, alquerías y lugares de la parte oriental de la actual provincia de Málaga, entre ellas Maro, prestaron obediencia a los monarcas que los pusieron bajo jurisdicción de la ciudad de Vélez-Málaga, de cuyo término formarían parte a partir de entonces y durante varios siglos. La obligación de los mudéjares de convertirse al cristianismo a partir de 1500, así como el endurecimiento de sus condiciones de vida y el incremento de la presión fiscal que se produjo entre los años 1501 y 1504, provocaron la huida en masa y la despoblación de la taha de Frigiliana. El primer lugar en ser abandonado fue Maro, en 1504, pasando a ser automáticamente propiedad de la Corona todas las tierras y casas que los pobladores habían dejado.

 

El 7 de febrero de 1505, la reina Juana I de Castilla, por una provisión dada en la ciudad de Toro, vendió a su secretario Gaspar de Gricio «todas las haciendas y heredamientos, viñas, tierras y árboles y otros bienes raíces que me pertenescen en la alquería de Maro que está en término e jurisdicción de la ciudad de Vélez que dejaron los vecinos cristianos nuevos del dicho lugar que pasaron allende [...], con facultad que podéis poblar e avecindar el dicho lugar de Maro», convirtiéndose en poseedor del mismo con efectos retroactivos desde el día primero de enero de ese año[1].



El secretario Gaspar de Gricio, futuro comprador de Maro, escribiendo el testamento de la reina Isabel I. Eduardo Rosales. Doña Isabel la Católica dictando su testamento. 1864. Óleo sobre lienzo, 287x298 cm. Madrid, Museo Nacional del Prado

 

El mes siguiente de efectuarse la compra, el día 13 de marzo, se dio a los apoderados designados por Gricio la posesión de Maro 

«con todos los heredamientos del dicho lugar, así de tierras de secano como de regadío e viñas e higuerales e morales e olivar e cañaverales e otros cualesquier árboles fructuosos e infructuosos e pinares e colmenares e molinos, así de pan moler como de aceite, como otros cualesquier que en el dicho lugar de Maro y su término hubiere, e con todas sus yerbas e prados e pastos e setos e montes, ejidos e dehesas, e aguas estantes e manantes, pesquerías, e todo lo al dicho lugar de Maro e vecinos que de él fueron pertenecieren e pertenecer puede e debe en cualquier manera e por cualquier razón e título que sea e ser pueda»[2]

En el acta de toma de posesión no se especifican los límites del territorio que se entregaba, aunque es probable que se hubieran apeado y deslindado las propiedades dejadas por los moriscos, recogiéndose en un documento que, en caso de existir, desconocemos. Sin duda debieron reconocerse y apearse las tierras, porque en la ceremonia estuvieron presentes como testigos varios vecinos de Vélez, Nerja y Frigiliana, conocedores del terreno, entre los que se encontraban el alcaide del castillo Bajo de Nerja y el alguacil morisco de Frigiliana Francisco de Guzmán Adarra. 

 

A la muerte de Gaspar de Gricio, quien falleció el 7 de noviembre de 1507, heredó Maro su hijo Francisco de Gricio; él y su mujer, Leonor de Herrera, lo transmitieron al suyo, Juan de Gricio de Herrera, vecino y regidor de la ciudad de Salamanca, en cuyo poder se encontraba en 1582. De momento no sabemos cómo gestionaron Gaspar de Gricio y su hijo Francisco las tierras de Maro, pues no hemos encontrado contratos de arrendamiento firmados por ellos o por sus apoderados. En la década de 1560 el territorio estaba abandonado y solo, y quizá lo estuvo también en las décadas anteriores; en 1571, tras la rebelión de los moriscos, Francisco Arévalo de Zuazo, en la relación de la visita que hizo a determinados lugares para su repoblación, recomendaba cultivar las tierras de Maro, donde «había hasta ciento y cincuenta fanegadas de tierra de riego e está todo despoblado por ser a la marina»[3]. Recomendación que debió ser tenida en cuenta por Juan de Gricio, pues en 1576 todas las tierras las tenía arrendadas a una sola persona y en 1582 a un vecino de Cómpeta. 

 

El 26 de septiembre de 1582, el licenciado Felipe de Armengol, abogado de la Audiencia Real de Granada, compró a Juan de Gricio de Herrera y a su esposa Isabel de Solís el lugar de Maro «con todo lo en él anejo y dependiente, según y como lo tuvo su abuelo»[4]. Armengol convirtió las tierras de Maro en una gran plantación de caña de azúcar, las arrendó por parcelas, construyó un ingenio azucarero, una pequeña iglesia y algunas casas y un mesón junto al ingenio, dando así este núcleo origen al moderno pueblo de Maro. Los días 22 y 23 de diciembre de 1582 las autoridades de Vélez-Málaga dieron a Armengol la posesión de Maro en una ceremonia que quedó recogida en un acta, afortunadamente conservada, siendo este el primer documento, que sepamos, en que se da información completa sobre los límites y la topografía del territorio[5]



El barranco de Maro, límite occidental del territorio, por el paso del antiguo camino de Almuñécar. Al fondo, la cara norte del Acueducto del Águila (ca. 1860) 


Según este documento la tierra de Maro comenzaba en la junta de dos caminos, situada unos metros al oeste del barranco de Maro: uno que procedía de Vélez-Málaga y Torrox y se dirigía a Almuñécar, pasando por las proximidades del castillo Alto de Nerja, y otro que, bordeando la playa de Burriana, conectaba el castillo Bajo de Nerja y el Bajo de Torrox con el camino anterior en dicho punto; allí había una cruz que sirvió de referencia para el amojonamiento del territorio. Siguiendo el camino de Almuñécar se llegaba a otro que iba al arroyo del Sanguino, abandonándose el de Almuñécar a mano derecha. Las hazas del barranco del Sanguino, el nacimiento de Maro y hazas que bordeaban el río pertenecían también a Maro, cuyo caserío abandonado y en ruinas se encontraba en el entorno del río de Maro y el cruce de este con el camino antiguo de Almuñécar. El territorio se extendía por hazas y bancales hasta un punto no mencionado situado a levante del río de Maro, aunque en documentos del siglo XVIII se precisa que este límite oriental se hallaba en la Peña Quebrada (o Cuarteada), al oeste de la desembocadura del río de la Miel. Además, pertenecían a Maro algunas hazas de tierra situadas en la margen derecha de este último río hasta su desembocadura. De manera que el territorio de Maro tenía por linderos el barranco de Maro al oeste; la desembocadura del arroyo de los Colmenarejos por el este, agregándose algunas hazas cercanas a la desembocadura del río de la Miel por su margen derecho; la mayor parte del trazado del camino de herradura de Vélez-Málaga a Almuñécar que discurría entre los límites anteriores, por el norte, con el añadido de ciertas lenguas de terreno en el barranco del Sanguino y el nacimiento del río Maro; y el mar al sur.



Ingenio de Maro construido por Felipe de Armengol en 1585, núcleo a partir del cual surgió el Maro actual



A partir de entonces y hasta la actualidad Maro y sus tierras han tenido diferentes propietarios que sería tedioso enumerar aquí. Sin embargo, citaremos a dos de ellos por su relación con el tema que tratamos: Juan Francisco de Horcasitas y Oleaga y Joaquín Pérez del Pulgar y Ruiz de Molina.

 

El primero, Juan Francisco de Horcasitas y Oleaga, II conde de Moriana del Río, heredó Maro de su padre, un importante financiero vizcaíno establecido en Madrid, a su muerte en 1723. Este había comprado Maro en 1717 a las monjas del convento de Santa Paula de Sevilla, sus anteriores propietarias, y ese mismo año la ciudad de Vélez-Málaga, a quien, como se ha dicho, pertenecía la jurisdicción del lugar, le dio la posesión del mismo. Para ello se llevó a cabo un apeo, deslinde y amojonamiento del territorio que se hizo a partir de otros apeos anteriores, realizados en 1608 y en 1682[6]. Desgraciadamente no hemos encontrado las actas de toma de posesión ni los apeos de 1608 y 1682 ni los de 1717, pues, a no ser que algún traslado de ellos aparezca incorporado en documentación dispersa, no se conservan en los archivos de las instituciones responsables de emitirlos o tratarlos. Sin embargo, el Archivo Municipal de Nerja custodia uno de los ejemplares del amojonamiento de Maro con las tierras que le pertenecían para la toma de posesión de Juan Francisco de Horcasitas, que tuvo lugar en 1733, en que se reconocieron «los sitios que se señalaban en los apeos que la ciudad traía». Es decir, este apeo se hizo teniendo en cuenta los anteriores y, aunque no se conserven, podemos conocer las lindes del territorio que figuraban en ellos a través de este último. Según el acta, el día 11 de enero de 1733

 

«[...] se llegó a el barranco que llaman de Maro, [...] que allí era el apartamiento de los caminos que venían el uno a el castillo de esta puebla [de Nerja] y el otro a el Bajo de Torrox, y con conocimiento y consentimiento de las partes se puso un mojón junto a una cruz que está en lo alto de la cuesta que se sube de dicho barranco viniendo de Maro a esta puebla. Y prosiguiendo el camino que va a la ciudad de Almuñécar se llegó a un camino que va al arroyo que llaman de Sanguino, dejando el camino de Almuñécar a mano derecha, y se fue a un tejar que está a la parte de poniente de la cañada que llaman de Sanguino y se riega con una fuente que hoy se llama de Sanguino y antes se llamaba la fuente Santa, y de allí se pasó a una cueva pequeña que está enfrente de la cueva de Sanguino, quedando dicha cueva y tejar por mojones. Y se pasó a una calera que está en una cuesta blanca y se subió a un collado que está encima de dicha calera y desde dicho collado se da vista a el nacimiento de Maro, y se fue vía recta a el Lugarejo, y se pasó por junto un colmenar, el que está y quedó en término de Maro, y por un camino que va derecho a el Lugarejo, y derecho se tomó a lo alto de la cuesta que viene de los arcos y se puso un mojón y se juntó con el camino de Almuñécar, y se prosiguió dicho camino y en una subida que está de lado de levante del arco donde hace el camino canjilón se puso otro mojón. Y se prosiguió el camino adelante por una cañada arriba y [roto] el camino que va a los Colmenarejos y prosiguiendo el de Almuñécar se subió a un collado y se puso otro mojón. Y habiendo proseguido por dicho camino a poco trecho se encontró un collado que da vista a los caños de Maro por el poniente y levante con los barreros y barranco de los Colmenarejos, y tomando el camino que va a mano derecha para Almuñécar, y dejando el de mano izquierda, se fue a la peña Cuarteada, la que sirve de mojón, y todo el camino abajo se bajó la cuesta, y en la boca del barranco de los Colmenarejos hay unos argamasones en el propio barranco que sirvieron de mojón. Y se fue todo el camino de Almuñécar por la playa y se llegó a el río de la Miel, el que sirvió de mojón, y se le dio una rambla que está de esta parte de poniente del río, lo que se puede regar de dicha rambla sin secano alguno, quedando por de Maro todo lo que quedó bajo de dicho amojonamiento, así a la mar, sin pasar de dicho río de la Miel»[7].



Amojonamiento de Maro de 1733. Archivo Municipal de Nerja. Leg. H-01, fol. 1 r.º


Unos años después, en 1752, se cumplimentaron en Maro las respuestas al interrogatorio del llamado Catastro de Ensenada. En el Archivo Histórico Provincial de Granada se conserva un ejemplar de las Respuestas particulares correspondientes a Maro que incluye un libro del vecindario y se abre con un plano de la puebla y el siguiente texto en el que se indican las dimensiones del territorio en leguas: 

 

«La figura antecedente es de la Puebla de Maro, partido de la ciudad de Vélez de donde dista cuatro leguas y media, y de la ciudad de Granada, su capital, once, y tiene de término dos leguas de circunferencia, y de levante a poniente tres cuartos de legua, y uno desde el norte al sur, y linda por el norte, poniente, y levante con la diezmería y dehesas de la puebla de Nerja y por el sur con la playa de Maro»[8].

 

O sea, algo más de 4 km de este a oeste y 1,4 km de norte a sur. Era el de Maro un territorio rodeado por el de Nerja por todas partes, salvo por el sur, en que lindaba con el mar.



Plano de la puebla de Maro y límites del territorio. Archivo Histórico Provincial de Granada. Catastro de Ensenada. Puebla de Maro, Libro 1 (1752)


El otro propietario al que nos referiremos es Joaquín Pérez del Pulgar y Ruiz de Molina, un granadino de mentalidad empresarial perteneciente a una familia noble y descendiente por línea materna de aquellos Horcasitas que habían poseído Maro en el siglo XVIII. En 1858 Joaquín Pérez del Pulgar llegó a poseer por diversas herencias las tres cuartas partes del territorio de Maro, mientras que el resto, perteneciente a unos sobrinos suyos, sería adquirido por Enrique Crooke y Larios en 1883, siendo aportado por este al capital social de la Sociedad Azucarera Larios cuando se constituyó en 1890.

 

Pérez del Pulgar quiso ampliar sus propiedades y en los últimos años de la década de 1850 compró tierras al oeste del barranco de Maro, en lo que se llamaría pago de Las Mercedes o de Tetuán. Más tarde compró el Molino de Papel de río de la Miel, la fundición de plomo de la playa de Burriana y algunas tierras en distintos pagos de Nerja; así mismo, construyó el acueducto del Águila para llevar el agua de riego a Las Mercedes y una fábrica azucarera llamada San Joaquín en ese mismo pago. Con todo ello, en 1879, constituyó dos colonias agrícolas: la Colonia Occidental o de Las Mercedes y la Colonia Oriental o de Maro que abarcaban una extensión de unos 2.000.000 de m2. En 1883 ambas fueron fusionadas formando la Colonia Agrícola Las Mercedes y Maro. Las propiedades que conformaban la colonia fueron adquiridas a comienzos de la década de 1930 e incorporadas a la Sociedad Azucarera Larios que ya contaba con los inmuebles de Maro aportados en su día por Enrique Crooke al constituirse la sociedad.



Fábrica azucarera San Joaquín (1879), levantada por Joaquín Pérez del Pulgar en el pago de Las Mercedes o de Tetuán, fuera del límite occidental de Maro


A veces se tiende a considerar la Colonia Las Mercedes y Maro como parte integrante del territorio de Maro, y no es exactamente así. Como hemos dicho, en su origen esta colonia estaba formada por la Colonia Oriental o de Maro, que incluía todas las propiedades de Joaquín Pérez del Pulgar situadas al este del barranco de Maro y la Colonia Occidental o de Las Mercedes, más extensa que la anterior, que incluía todas sus propiedades situadas al oeste del citado barranco. Las tres cuartas partes de la colonia se encontraban fuera del territorio de Maro y abarcaba terrenos que se encontraban fuera de los límites fijados por los distintos apeos, amojonamientos y deslindes. Por lo tanto, todo lo que queda fuera de los límites establecidos en los apeos antiguos no puede considerarse parte del territorio histórico del lugar de Maro, aunque perteneciera al propietario del mismo y tuviera con él algún vínculo. A modo de ejemplo diremos que la fábrica azucarera San Joaquín, situada en el pago de Las Mercedes, a poniente del barranco de Maro y, por lo tanto, fuera del límite occidental mareño, es conocida como «la fábrica de Maro», cuando tanto ella como el pago en que se ubica están en terrenos que históricamente han sido de Nerja. Quizá haya contribuido a la fijación de esta idea el que Larios y Pérez del Pulgar, para evitar una feroz competencia, acordaran en 1879 establecer mediante escritura una línea divisora que partía del tajo existente a poniente de la playa de Burriana, subía por el Tablazo de Nerja, por el secano, alcanzando los tejares existentes frente al cementerio de la localidad y, continuando por el camino de Almuñécar y las viñas del Badén, seguía en línea recta hasta terminar en la cumbre de Lomas Llanas. Toda la caña de azúcar cosechada al oriente de esa línea debía molerse en la fábrica San Joaquín y toda la cosechada al occidente de ella en la fábrica San José de Nerja, propiedad de Larios[9].



El molino de papel de río de la Miel, construido en 1780 por Manuel Centurión y adquirido por Joaquín Pérez del Pulgar en 1880; fue agregado a la Colonia Agrícola Oriental o de Maro en 1881.



En opinión de ciertos autores Maro fue un señorío, aunque realmente no lo fue. Gaspar de Gricio, su primer poseedor tras la despoblación morisca, no recibió una donación en forma de merced por servicios prestados, sino que realizó una compra por valor de 220.000 maravedís. Los bienes adquiridos no quedaron vinculados, sino que tanto él como sus herederos podían arrendarlos o venderlos cuando quisieran. Y esto es lo que ocurrió en lo sucesivo; tenemos documentadas cuatro compraventas distintas de Maro, sin incluir la primera de Gaspar de Gricio, y muchos más arrendamientos. El término que se usa generalmente en la documentación es el de poseedor y no el de señor, aun cuando hubo algunos propietarios que quisieron usarlo. Por otro lado, Maro era un lugar de realengo y los propietarios de Maro no tuvieron nunca la jurisdicción del lugar, salvo en un momento muy concreto. Fue en 1614, cuando el capitán Julien Gilbert Frotet (castellanizado Julián Gilberto de Froteto), su entonces poseedor, decidió señorializar Maro, convirtiéndolo en un señorío jurisdiccional, con objeto de obtener la jurisdicción que había venido correspondiendo a Vélez-Málaga desde finales del siglo XV. Para ello compró a la Corona la jurisdicción civil y criminal del territorio de Maro por 6.400 ducados, merced que le fue concedida por cédula de 2 de julio de dicho año[10]. Sin embargo, la ciudad de Vélez-Málaga no estaba dispuesta a perder sus privilegios sobre Maro y litigó ante la Chancillería de Granada hasta conseguir que la venta de la jurisdicción hecha al capitán Gilbert fuese anulada.

 

Como lugar de realengo bajo jurisdicción de Vélez-Málaga, mientras Maro tuvo vecinos, aquella ciudad procedía a nombrar alcalde de entre ellos, pero en los periodos en que estuvo despoblada actuaba en su lugar el alcalde de la puebla de Nerja. Con la excepción del periodo de dominación francesa durante la Guerra de la Independencia, cuando en 1811 Nerja fue declarada villa con corregidor propio y regidores, y hasta 1820 en que los liberales alcanzaron el poder, se mantuvo la pertenencia a la jurisdicción de Vélez-Málaga tanto de Maro como de Nerja, que, una vez reinstaurado el absolutismo a la vuelta de Fernando VII en 1814 y anulada la reordenación administrativa anterior, pasó a considerarse de nuevo puebla. A partir del 9 de marzo de 1820, tras el triunfo de la revolución liberal y la jura por Fernando VII de la Constitución de Cádiz, Nerja fue declarada villa y dotada de ayuntamiento constitucional, quedando ya definitivamente fuera de la jurisdicción de Vélez-Málaga; el 1 de septiembre de 1820 Nerja fue nombrada cabeza de partido con juzgado de primera instancia, al que pertenecían todos los municipios de la Axarquía oriental (en 1834 dejaría de serlo en favor de Torrox). Aunque ya desde el siglo XVIII Maro estuvo unido a Nerja para los repartimientos de ciertas contribuciones, como la de escopeteros, no fue hasta el siglo XIX cuando quedó incorporado administrativa y jurídicamente al municipio de Nerja. El primer nombramiento de alcalde de Maro por parte del Ayuntamiento de Nerja, y no por el de Vélez-Málaga, del que tenemos constancia documental tuvo lugar el 2 de octubre de 1825 en que se nombró para ejercer dicho cargo el año 1826 a Julián Casanova[11]; no hemos encontrado documentación de nombramientos en años anteriores. En lo sucesivo Maro y su territorio formarían parte del término municipal nerjeño y sus alcaldes pedáneos nombrados por el alcalde de Nerja.



Plano de la población de Maro (anejo de Nerja). Darío Varela, Málaga, 28 de noviembre de 1894. Señalada con la letra A, la iglesia de Ntra. Sra. de las Maravillas


 

 



[1]Archivo del Cabildo de la Catedral de Málaga. Leg. 61, doc. 70. Transcripción en RUIZ GARCÍA, Purificación, La taha de Frigiliana. Nerja, Torrox, Maro y Frigiliana después de la Conquista, Vélez-Málaga, 1994, págs. 115-118. Véase también CAPILLA LUQUE, Francisco, La industria azucarera en Nerja y Maro (I). Los ingenios preindustriales, Vélez-Málaga, 2016, págs. 49-112.

[2](A)rchivo de la (R)eal (Ch)ancillería de (G)ranada. Leg. 1621, pieza 1, sin foliar.

[3](A)rchivo (G)eneral de (S)imancas. Cámara de Castilla, leg. 2.158, s.f.

[4]A.R.Ch.G. ibid.

[5]A.R.Ch.G. ibid., y Archivo Central de Melilla. Fondo de Vélez-Málaga, CD 17-caja 4-leg. 3-fots. 240-254.

[6]Archivo Municipal de Vélez-Málaga. Libro de actas capitulares de 1717, cabildo de 9 de junio, fol. 186r, y cabildo de 1 de octubre, fol. 230r.

[7](A)rchivo (M)unicipal de (N)erja. Leg. H-1.

[8]Archivo Histórico Provincial de Granada. Catastro de Ensenada, Maro, Respuestas particulares, Libro 1.

[9]CAPILLA LUQUE, Francisco, La industria azucarera en Nerja y Maro (II). Las fábricas, Vélez-Málaga, 2017, págs. 140-142.

[10]A.G.S. Cámara y Pueblos, leg. 22.

[11]A.M.N. Libro de Actas capitulares de 1825-03, Cabildo de 2 de octubre.